El pasado 1° de agosto de 2024 entró en vigencia la Ley 21.643, más conocida como Ley Karin, una
nueva regulación en materia de acoso y violencia en el contexto laboral, que obliga a los
empleadores a tomar medidas específicas para prevenir, erradicar y sancionar este tipo de
conductas.
Sobre los alcances de esta nueva normativa, el ColMat conversó con Victoria Beaumont, Cientista
Política y Asesora Legislativa de nuestra Orden Profesional.
-¿Por qué la ley N° 21,643 se le denomina Ley Karin?
-La Ley Karin es la Ley 21643 y es muy sensible para el sector salud, porque es una normativa que
honra a Karin Salgado, una funcionaria pública que trabajaba en el Hospital de Chillán, y que se
quitó la vida, en el año 2019, por el constante acoso laboral que sufrió en ese lugar. Muchas
funcionarias y funcionarios han sido víctimas de la violencia en su ámbito de trabajo de forma
bastante generalizada.
-En términos generales, ¿qué señala la Ley?
-Esta ley es parte de un paquete de normativas que está tratando de sacar este gobierno
respectos de las sanciones de las conductas violentas en el país, en el ámbito intrafamiliar,
laboral, de la humillación a los grupos de la comunidad LGTBI plus +. También hay otro paquete de
proyectos de ley que tienen que ver con el Ciberacoso y la violencia que se puede ejercer vía
plataformas digitales.
Específicamente, la Ley Karin define y sanciona tres fenómenos violentos en el ámbito laboral: el
acoso sexual, que se entiende cuando una ´persona realiza un acto en forma indebida cualquier
acto de carácter sexual, no consentido que amenaza su empleo o fuente laboral; el acoso laboral y
la violencia en el trabajo. Estas son las 3 conductas que sanciona la ley.
-En este contexto, si una matrona o matrón sufre alguna de estas situaciones, ¿Qué debería
hacer?
.Primero, lo que pide la ley es que se generen protocolos claros para abordar estos casos, hacer
los sumarios rápidos, generar las separaciones en el ámbito laboral entre el acosador y la víctima
para su real protección, evitando exponerla nuevamente.
Lo más importante de estas leyes es su implementación: cómo el Ministerio del Trabajo, el
Instituto de Salud Laboral, la Suseso y la Dirección del Trabajo trabajan en los reglamentos y, a
a través de ellos le van a decir a las instituciones claramente cuáles son los protocolos y cómo tienen
que construir los propios. Los hospitales, los servicios de salud, tienen que hacer esa bajada de
protocolos para que no terminemos revictimizando a las personas, se escuche a la denunciante, se puede llegar a un sumario rápido y no se generen estos espacios donde funcionarias y
funcionarios vivían el maltrato de forma constante.
-Tenemos entendido que ahora también se pueden hacer las denuncias oralmente…
-Sí, ese es un cambio significativo, pues genera mayor rapidez, menos burocracia. No obstante,
toda denuncia debe tener un protocolo claro de cómo debe hacerse. Debe haber una persona en
cada servicio, hospital, dedicada a preocuparse y recibir este tipo de denuncias. Si bien esta ley es
un avance, pienso que todavía no se crea una real cultura por el respeto.
Es necesario crear condiciones para una sana convivencia laboral y eso no se logra mediante
estrategias punitivas. El respeto se crea a través de espacios de valoración y no sólo de control y
sanción. En eso aún hay mucho por avanzar.