Sra. Antonia Orellana Guarello.

Ministra de la Mujer y la Equidad de Género

Presente.

De nuestra consideración:

Nos dirigimos a usted con el propósito de expresar nuestra profunda preocupación y denunciar la vulneración de derechos hacia las matronas en el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames del Servicio de Salud de Iquique, así como el desconocimiento de las instrucciones emanadas por las autoridades competentes.

Con fecha 28 de noviembre de 2023, por resolución exenta N°2511 se modificó y formalizó la dependencia orgánica y administrativa de la Unidad Clínico Forense Hospitalaria (UCFH) en el Servicio de Urgencia Gineco Obstétrico. Se dispuso además que, el proceso de seguimiento del programa GES N°86 dependerá técnica y administrativamente de la profesional Matrona Supervisora Gineco Obstétrica del Consultorio Adosado de Especialidades (CAE) del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, a contar del 1 de diciembre de 2023.

Como consecuencia de esto es que, en las dependencias del Hospital, fueron exhibidos carteles en señal de protesta de las enfermeras y los enfermeros en contra de la resolución señalada, sin embargo, estos no se dirigían a las autoridades, sino que fueron utilizados para denostar a las matronas. En estos era posible leer frases como “Ni las mujeres quieren atenderse contigo matona”y “Quieres que a tu hijo/a lo atienda la misma que lo violentó al nacer?” Con una clara intención de dañar tanto a la profesión de la matronería, como a sus profesionales.

Es motivo de gran inquietud que se hayan reportado estas situaciones, las que constituyen un tipo de maltrato laboral hacia las matronas y matrones que desempeñan sus funciones en el Servicio de Salud indicado. La protección de los derechos de los trabajadores, especialmente en el ámbito de la salud, es fundamental para garantizar la calidad de los servicios prestados a las usuarias y usuarios y el bienestar de quienes dedican sus esfuerzos al cuidado de la salud de la comunidad.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define como acoso laboral o mobbing como el comportamiento agresivo de uno o más miembros de un equipo de trabajo hacia un individuo de dicho grupo, con el objetivo de producir miedo, desprecio o depresión en ese trabajador, hasta que renuncie o sea despedido. En este sentido, los hechos denunciados claramente podrían ser considerados como acoso laboral, toda vez que fue un grupo de enfermeras el que, buscando manifestar su descontento con la resolución exenta señalada, denostaron públicamente a nuestras colegas como profesionales y también como personas.

Es preocupante el desconocimiento de las instrucciones emitidas por las autoridades competentes, ya que esto puede afectar no solo la eficiencia y eficacia de los servicios de salud, sino también la seguridad de los pacientes, que en el caso del GES 86, son principalmente mujeres, niños y niñas. Creemos que es imperativo que las directrices y normativas establecidas por las autoridades sean respetadas y seguidas rigurosamente para asegurar un entorno de trabajo seguro y una atención médica de calidad.

Quedamos atentas si requiere de más información. Le saludamos atentamente,

SANDRA OYARZO TORRES

Presidenta Nacional

Colegio de Matronas y Matrones de Chile A. G. Presidenta Mundial de la Confederación Internacional de Matronas-ICM.

 

ILEEN ESTRADA ABURTO

Secretaria Nacional

Colegio de Matronas y Matrones de Chile